El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 establece que ninguna persona en los EE.UU. debe ser excluida de la participación, negársele los beneficios o servicios o ser discriminada de alguna manera en cualquier programa o actividad que reciba ayuda financiera federal, por motivos de raza, color, origen nacional, sexo, credo o discapacidad. Los siguientes enlaces proporcionan información sobre el Título VI. Si tiene preguntas, póngase en contacto con Tara White, taraw@portofpasco.org o (509) 547-6352.