El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 establece que ninguna persona en los Estados Unidos, por motivos de raza, color u origen nacional, sea excluida de la participación, no se le negarán beneficios o servicios de o será discriminada de otra manera bajo ningún programa o actividad que reciba asistencia financiera federal. Los siguientes enlaces proporcionan información sobre el Título VI. Para preguntas, póngase en contacto con Tara White, taraw@portofpasco.org o llame al (509)547-6352.